Farmacias en traspaso en Melilla
Reglas de ordenación farmacéutica en Melilla
Cifras clave para enmarcar la apertura, el traspaso y la instalación de una farmacia en esta Comunidad Autónoma.
Módulo poblacional
2.800
hab. / farmacia
Distancia mínima
250
metros entre farmacias
Marco legal: Régimen estatal (Ley 16/1997). Ordenación gestionada por la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de Melilla.
· Publicada en BOMe
Notas: Sin legislación propia. Aplicación directa del marco estatal.
Fuentes: Ley 16/1997 (marco estatal) + ley de ordenación farmacéutica propia de cada CCAA. Datos verificados en los boletines oficiales correspondientes. Para más detalle, consulte la Consejería de Sanidad de su CCAA.
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