El traspaso de la farmacia es oficial
Firma de la escritura pública de traspaso
Una vez emitida la resolución favorable de la Consejería de Sanidad de la CCAA correspondiente y obtenida la autorización del Colegio Oficial de Farmacéuticos, ambas partes podrán reunirse en la fecha prevista para la toma de posesión, o en un plazo muy breve antes o después de la transmisión de la titularidad.
Último documento oficial que sella el traspaso de la farmacia
La escritura pública sellará así el traspaso de la farmacia. En ella se hará constar el pago del precio acordado y los actos complementarios que correspondan: inventario realizado por una empresa especializada, contrato de préstamo bancario, garantías, etc.
Trámites legales a seguir…
Tras la firma de esta escritura, el notario tramitará las formalidades legales: inscripción en el Registro Mercantil, alta en el censo de actividades económicas (modelo 036/037), comunicaciones a la AEAT y a la Seguridad Social, y comunicación al COF y a la Consejería de Sanidad para la inscripción del nuevo titular.
Las etapas del traspaso de farmacia, en detalle
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